La irrisoria sanción a EPEC - Dr. Juan Pablo Quinteros | Somos Córdoba
 La irrisoria sanción a EPEC

l Legislador Provincial del Frente Cívico, integrante del interbloque Cambiemos Dr. Juan Pablo Quinteros, respecto al anuncio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) de la aplicación de una sanción a la EPEC por la deficiente prestación del servicio entre los días 16 y 18 del corriente, informa:

“Los cortes de servicios se iniciaron el día 16 de diciembre, con temperaturas máximas de 41° y ráfagas de viento máximas de 64,8km/h según el Servicio Meteorológico Nacional del Aeropuerto de Córdoba. Luego el día 17 de diciembre las ráfagas de viento alcanzaron los 138,9km/h. Estos no son datos menores, según las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones de Córdoba, que por los plazos que en el mismo se han establecido, se encuentra en plena vigencia, y establece textualmente lo siguiente:

“En el caso de las Sanciones en la ETAPA DE RÉGIMEN, cada usuario afectado recibirá de parte de la EPEC un crédito en la facturación inmediata posterior al semestre controlado, proporcional a la energía no recibida en dicho semestre, valorizada de acuerdo a los costos indicados en la siguiente tabla, en correspondencia con las categorías del Cuadro Tarifario vigente, cuyos valores podrán ser revisados por el ERSeP cuando lo estime conveniente:

No estarán sujetos a sanción los incumplimientos que reúnan las siguientes características o que deriven de circunstancias que encuadren en las condiciones indicadas a continuación: Incumplimientos o interrupciones originadas en probadas causas de fuerza mayor, caso fortuito, o en las siguientes causas, las que deberán ser acreditadas y aceptadas en los tiempos y mediante los procedimientos aprobados por el ERSeP: a) Insuficiente abastecimiento de energía eléctrica a la EPEC o abastecimiento a la EPEC fuera de los parámetros de calidad correspondientes, por causas no imputables a la misma. b) Fallas provocadas sobre líneas o instalaciones del tipo aéreas por temperaturas superiores a cuarenta y cinco grados centígrados (+ 45 ºC) o inferiores a diez grados centígrados bajo cero (- 10 ºC) y/o vientos con velocidades superiores a ciento veinte kilómetros por hora (120 km/h).””

Al respecto el legislador del Frente Cívico destacó: “La sanción impuesta por el ERSeP es mucho menor a la que debió establecer; a un usuario residencial que no contó con servicio desde el 16 de diciembre, por los 3 días sin servicio se le devolverá en la tarifa entre $3 y $8, cuando en realidad, lo que establece la norma es que debe devolverse al usuario $1,5 por cada kWh no consumido.

La devolución depende de cada usuario, por ejemplo, para un usuario con un consumo mínimo de 150 kWh mensuales, al que se le devolverá alrededor de $3 con la resolución del ERSeP, si se cumpliese la norma la sanción debe ser $22,50, y otro usuario con 500 kWh mensuales en cumplimiento de la norma le deben restituir $75 y hoy se dictaminó una devolución de $8, es decir, para cada caso la sanción debe ser casi 10 veces la actual.”

“Ciertamente, el Gerente General de EPEC, Claudio Puértolas, se anticipó a todos diciendo que el día 16 de diciembre hubo vientos superiores a los 130km/h, algo que no pasó hasta el día siguiente, y por esto se debe sancionar con todo la rigurosidad de la norma a EPEC, y a aquellos usuarios que estuvieron días sin servicio les tienen que devolver más que un puñado de caramelos como estableció hoy el ERSeP.”, finalizó Quinteros.