Pedido de aumento de tarifa Aguas Cordobesas de 19,04% - Dr. Juan Pablo Quinteros | Somos Córdoba

El Vocal del Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en representación del Frente Cívico, Dr. Juan Pablo Quinteros informa que en reunión de directorio del día de la fecha se resolvió habilitar un nuevo proceso de revisión tarifaria por variación de costos y la constitución de la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios. La pretensión  de incremento en las tarifas de Aguas Cordobesas S.A es de 19,04% invocando el aumento de costos que sufriera durante el período Enero 2012 /Julio 2012.  

Al respecto el Vocal de Frente Cívico expresó: “Ha ingresado un nuevo pedido de la empresa Aguas Cordobesas S.A de incremento de tarifa y se procedió a darle el trámite previsto en la ley. Si consideramos este nuevo incremento, así como el cargo del 18% para la instalación de micromedidores establecido por el Decreto 1284/10 y el “impuesto para cloacas” del 10% creado por la administración municipal de Ramon Mestre (que va a la boleta del agua), el aumento acumulado desde la renegociación del contrato de concesión en diciembre de 2005 (cuando se incrementaron entre un 15 y 18% las tarifas) llega para los usuarios residenciales a la fecha al 432,79%. De aprobarse dicho pedido, el aumento de la tarifa de Aguas Cordobesas para el año 2012 alcanzaría un 28,82% superior aún a los índices de inflación previstos por las consultoras privadas para el presente año, debiendo tener en cuenta en este punto que de lo que se trata es del SUMINSTRO DE AGUA POTABLE.

Dejo fijada mi postura de oponerme de manera expresa a la pretensión de la empresa del aumento solicitado. En este sentido e independientemente de la habilitación de la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios vuelvo a expresar los argumentos vertidos en cada oportunidad en que la empresa ha hecho uso de esta extraordinaria facultad que le otorga el contrato de concesión (aumento automático por el simple transcurso del tiempo), en el sentido de que si bien no podemos desconocer que  vivimos en un modelo inflacionario, no podemos seguir otorgando aumentos tarifarios a una empresa desconociendo su tasa de rentabilidad. La Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios solo analiza las variaciones en los costos de la empresa, no considerando de modo alguno sus ingresos. Una empresa “privada” concesionaria de un servicio público bien regulada debe obtener una tasa de rentabilidad “justa” y dicha rentabilidad nos es deconocida”.

Recordamos los aumentos aprobados desde el año 2010:
1) Decreto P.E 891 del 16/06/2010 en el que se aprobó un incremento del 10,58% a partir del 1° de Enero de 2010.

2) Decreto P.E 283 del 09/03/2011 en el que se aprobó un incremento del 11,51% a partir del 1° de Noviembre de 2010

3) Decreto P.E 1320 del 17/08/2011 en el que se aprobó un incremento del 18,01% a partir del 1° de Julio de 2011, teniendo en cuenta que dicho valor se  disminuyó en 0,43% una vez transcurridos seis (6) meses de su aplicación , ya que incluía una gratificación única y excepcional otorgada al personal.

4) Decreto P.E 2551 del 06/12/2011 en el que se aprobó un incremento del 14,66% a partir del 1° de Diciembre de 2011.

5) Decreto P.E 731 del 05/07/2012 en el que se aprobó un incremento del 9.78% a partir del 1° de Julio de 2012, teniendo en cuenta que dicho valor se  incrementó a 10,27% por los primeros seis meses, ya que incluía una gratificacion única y excepcional otorgada al personal.